CEISS debió informar de su grave situación financiera en la emisión de subordinadas

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo ha estimado la nulidad de una orden de compra de deuda subordinada suscrita por dos particulares minorista. La entidad emisora, Caja España (CEISS), incumplió la normativa MIFID y la Ley del Mercado de Valores al “colocar” de un producto financiero complejo sin informar adecuadamente sobre sus riesgos y funcionamiento.

La entidad no ha podido demostrar que informará con suficiente antelación a la firma del contrato, lo que impide a los clientes suscribir las obligaciones con pleno conocimiento. Asimismo, múltiples documentos carecen de la firma de ambos; siendo esta necesaria. Tampoco se les hizo a los dos el test de idoneidad o conveniencia.

Por otro lado, la entidad no informaba del motivo de la emisión de las subordinadas: los problemas de solvencia y liquidez que atravesaba CEISS. Esta información era sumamente relevante dado el riesgo que suponía el producto. Por lo que no se entiende que fuera recomendado con total garantía.


Dirección Letrada: Jorge Álvarez de Linera Prado.
Banco: Caja España.
Producto: Deuda subordinada.
Perfil: Particular.
PDF:S_140905_CAJAESPANA_JPI3_OVIEDO_SUBORDINADAS_PARTICULAR_SIN.pdf

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