El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Pamplona ha condenado a Caja de Ahorros de Navarra (CAN), ahora Caixabank por la comercialización inadecuada de un swap a un particular.

El cliente heredó una hipoteca de interés variable. Ante la amenaza de posible subida de tipos de interés, la afectada acudió a la entidad alarmada. El banco le ofreció una permuta de tipos de interés como un método de cobertura para estabilizar el interés.

Un año después de la adquisición, el producto comenzó a generar liquidaciones negativas. El particular solicitó en numerosas ocasiones la cancelación del producto por existencia de error y vicio. Llegó a dirigirse al Banco de España, el cual sentenció que “no se aprecia en la actuación de la entidad reclamada quebramiento de la normativa de transparencia y protección a la clientela ni de las buenas prácticas y usos financieros”.

Pese a ello, la Juez ha estimado la demanda del particular. Considera que teniendo en cuenta que el cliente carece de conocimientos financieros y la ausencia de test de conveniencia se puede deducir que la entidad no ejerció su deber de diligencia informativa. Pese a que el comercial de la entidad asegura que explicó todos los supuestos, ni los documentos ni ningún otro tipo de prueba han podido acreditar esto.

Además añade que, pese a que la CAN no podía tener datos absolutamente precisos acerca de la evolución de los tipos, si es probable que tuviera ciertos conocimientos acerca de su devenir. Por ello considera que la entidad estaba en la obligación de comunicar a sus clientes estas sospechas, las cuales son relevantes a la hora de adquirir el producto.

Por todo ello el Juzgado ha condenado a devolver algo más de 5.800 euros al cliente.


Dirección Letrada: Ignacio Ferrer-Bonsoms
Banco: Caixabank
Producto: Swap
Perfil: Particular
PDF:S_121030_CAIXABANK_BCIVICA_CAN_JPI7_PAMPLONA_PART_SIN.pdf


Dirección Letrada: J. Antonio Ballesteros Garrido
Banco: Caixabank
Producto: Swap
Perfil: Particular
PDF:S_121031_CAIXABANK_AP1_OVIEDO_CONFIRMA_120224_JPI4_OVIEDO_PART_SIN.pdf

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