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BBVA y EROSKI COOP condenadas a devolver a su cliente tras adquirir «Preferentes Eroski» por valor de 90.350
El pasado 18 de Noviembre de 2015, en el Juzgado de Primera Instancia número 14 de Valencia, se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados, en la que se declaraba la nulidad de los contratos de adquisición de Participaciones Preferentes Serie B y Obligaciones Subordinadas 10ª Emisión condenando a la entidad financiera a la devolución del capital invertido, que suma la cantidad total de 90.350 euros. Esta cantidad es representativa de los intereses desde la fecha de la suscripción con recíproca restitución de las prestaciones entre las partes y al pago de las costas del juicio.
El verdadero núcleo de la cuestión es si la identidad financiera dio o no la suficiente información al cliente sobre el producto contratado, conocidas en este caso como «Preferentes Eroski«. La sentencia condenatoria, al final por tanto se basa, en que si el consentimiento es válido porque carecía de la información real, determinate y y necesaria para ser conococedor del riesgo que asumía al aduirir el producto. El paragima recogido en esta sentencia es nuevamente de una desinformación consciente por parte de la entidad para que el cliente no fuese realmente consciente de la situación en la que se veían sus ahorros invertidos.
Dirección Letrada: Jose Carlos Gomez Fernandez
Perito: Nuria García Pascual
Banco: BBVA
Producto: Preferentes Eroski
Perfil: Minorista
PDF: S_160216_BBVA_JPI15_VALENCIA_PREFERENTES_EROSKI_SIN.pdf
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