Nueva sentencia contra Bankinter. El banco aportó escasa y deficiente información a una pequeña empresa. Además, calificó a la empresa durante el juicio como imprudente y negligente al contratar el swap.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cáceres ha anulado un contrato de una permuta financiera de Bankinter colocada a una pequeña empresa. Bankinter aportó escasa y deficiente información sobre el producto que estaba colocando a la PYME.
Para el juez, el deber de información de los clientes se vio claramente vulnerado. Bankinter vendió el producto con una seguridad que protegería a los clientes de las subidas de los tipos de interés. Sin embargo, Bankinter cometió un error que afectaba a la propia naturaleza del contrato: el riesgo que asumía la PYME en caso de producirse una bajada de los tipos de interés.
Según la sentencia, Bankinter incumplió la obligación de gestionar de manera prudente los intereses de sus clientes y de informarles siempre de los riesgos que la operación de la permuta financiera acarrea. Por ello, el juez desestima las alegaciones del banco en las que calificaba a la empresa de imprudente y negligente al contratar un swap que se le ofrece como positivo.
El juez descarga toda culpa a la empresa y la atribuye a Bankinter y a su forma de venta del producto. Por ello, considera que la PYME firmó el contrato bajo un error de vicio en el consentimiento. En este caso, un defecto en la explicación del producto ha provocado un conocimiento inexacto de la realidad.
Dirección letrada: Carlos Arjona Pérez
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Clip Bankinter
Perfil: PYME
PDF: S_120709_BANKINTER_JPIEI2_CACERES_PYME_SIN.pdf