Bankia vendió como un seguro lo que era una permuta financiera. Según el juez los swaps son una apuesta aleatoria con evidente riesgo para el cliente, algo que completamente opuesto a lo que estaba buscando.

bankia sucursal

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado la razón a una PYME que contrató un swap con Caja Canarias (Bankia), logrando su anulación. La información dada por la caja al cliente ha sido determinante para que el juez invalidase el contrato firmado por las partes.

El juez ha tenido en cuenta que Caja Canarias vendió una permuta financiera como un seguro, algo que no es equivalente, ya que como define los swaps son “una apuesta aleatoria con evidente riesgo para el cliente”. Algo de lo nunca se informó.

La PYME alega que el contrato tiene tintes especulativos,  un objetivo completamente diferente al que buscaba. Como constata la sentencia, la empresa quería protegerse de las fluctuaciones de los tipos de interés “sin arriesgarse, especular o exponerse a grandes pérdidas”. Ante esto, el banco alegó que se informó de la vinculación del contrato a la subida de tipos y que, por tanto, que se cubriera frente a una posible subida. Sin embargo, el juez ha desestimado estas alegaciones pues considera que se ha añadido tintes especulativos a producto.

Caja Canarias ofreció una información escasa, confusa y engañosa en relación al objetivo y fin del producto. Esto provocó que el cliente se formase una percepción diferente del producto dando lugar a “un claro error en la formación de la voluntad contractual”. Según la sentencia, es de especial importancia que los bancos realicen una adecuada información para conocer los perfiles de los clientes, su experiencia inversora, así como comuniquen los objetivos de la inversión y los riesgos de cada operación, diferenciando entre los clientes profesionales y los minoristas.

Además, desde que demandó a Bankia, la relación con su oficina se ha deteriorado tanto que la pyme se ha querellado por amenazas y chantajes del director de la sucursal.

Otra PYME ha conseguido anular un collar con de Bankia (Bancaja), que le produjo unas pérdidas de casi 16.000€. La PYME deseaba adquirir un préstamo para adquirir otra empresa y finalmente fue Bancaja quien se lo concedió por un importe de 2 millones de euros.

El juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Pamplona  ha dado la razón a la PYME ya que no realizó ningún acto que pudiera implicar conformidad con la aceptación para el colllar de un sistema de amortización distinto al del préstamo. “No hay por tanto acto propio, consentimiento tácito ni confirmación en el hecho de la firma posterior de los contratos escritos por la parte de que implique aceptación”. Además de estas dos sentencias contra las cajas de la nueva Bankia, hay que sumarle otra de Caja Madrid en Badajoz por la venta de un swap a un particular.


Dirección letrada: Irene Schlueter Parrilla

Perito: No se aportó

Banco: La Caja de Canarias. Bankia, SAU.

Producto: Swap

Perfil: PYME

PDF: S_120109_CCANARIAS_BANKIA_JPI2_LPGC_PYME_SIN


Dirección letrada: María Pilar Díaz Álvarez-Maldonado

Perito: No se aportó

Banco: Bancaja. Bankia, SAU.

Producto: Collar

Perfil: PYME

PDF: S_120109_BANCAJA_JPI5_PAMPLONA_PYME_SIN


Dirección letrada: Carlos Arjona Pérez

Perito: No se aportó

Banco: Caja de Madrid. Bankia, SAU.

Producto: Swap

Perfil: Particular

PDF: S_120117_CAJA_MADRID_JPI3_BADAJOZ_PART_SIN

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