PREFERENTES: Bankia colocó participaciones a un cliente con incapacidad

El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Barcelona ha estimado la nulidad de un contrato de compra de participaciones preferentes con Bankia. El demandante, un particular minorista, contrató los servicios bajo la creencia de que se trataba de un producto seguro.

Este hecho ha dado lugar a la estimación de del incumplimiento de las obligaciones de Bankia de diligencia, lealtad e información en la venta de productos financieros complejos. La entidad, ofreció un contrato de compra de 1.500 participaciones por valor de 150.000 euros sin transmitir al cliente las características y riesgos del producto.

Pero el hecho más grave, es que el afectado se encontraba en situación declarada de incapacidad permanente absoluta por atrofia cerebral, por lo que no podía haber firmado el consentimiento de ninguna contratación. Su hija, a cargo de él, tampoco recibió información sobre las posibles consecuencias de las preferentes.

Pese a ello, la directora de la oficina le ofreció en 2009 las participaciones, presentándolas como un depósito a cinco años con mayor rentabilidad que otras imposiciones, con posibilidad de disponer del capital.  Por tanto, se trató de una venta asesorada en la que el  actor solo firmó los documentos que le fueron presentados.

Asimismo, el test de conveniencia fue rellenado por la propia entidad sin presencia del cliente, reflejando respuestas incorrectas.

Además, en marzo de 2009 Standard&Poor’s rebajó la calificación de Caja Madrid; y en febrero de 2010, la agencia Moody’s Investors procedió a una nueva rebaja, proceso durante el que el demandante no fue informado de que el valor del producto dependía de su cotización en los mercados de valores. De hecho, la orden de suscripción carecía de referencias a que el dinero invertido en las participaciones preferentes está sujeto a la cobertura de las pérdidas del emisor, lo que conllevaba a la pérdida total de la inversión.

A esto hay que añadir, que no se hizo entrega de ningún tríptico informativo, por lo que el Juzgado no ha dudado en condenar a Bankia debido al cúmulo de carencias informativas durante el proceso, con lo que el Banco deberá devolver al cliente la suma invertida más los intereses legales.


Dirección Letrada: Sergi Bastida Batlle.
Banco: Bankia.
Producto: Preferentes.
Perfil: Particular.
PDF: S_140917_BANKIA_JPI8_BARCELONA_PREFERENTES_SIN.pdf

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