Banesto y Santander condenados. 244 sentencias a favor de los afectados.

Desde distintos puntos de España nos llegan 2 sentencias contra Banesto y 4 contra el Banco Santander. Son ya 240 sentencias contra los bancos.

4 sentencias contra el Santander

Desde el JPIeI 2 de Béjar  nos llega una sentencia favorable a una sociedad anónima. Cada vez son más los jueces que están haciendo valer el deber de información de las entidades financieras a sus clientes minoristas independientemente del tamaño de la empresa. La sentencia ha sido aportada por el letrado que ha llevado el caso, Carlos Arjona.

Desde el JM 1 de Las Palmas de Gran Canaria, una sentencia muy interesante de una pyme en proceso concursal. Esta sentencia nos la ha aportado el administrador concursal, Eugenio Vidal que nos comenta que se declara la nulidad sobre 2 swaps (uno de inflación y otro flotante bonificado). El juez tacha el informe pericial de PWC aportado por el Santander de miope. Respecto al swap de inflación el juez considera que el Santander actuó con dolo, en cuanto a la de intereses, no declara la nulidad absoluta aunque sí la resolución sin coste.

También desde las islas canarias, concretamente del JPI 5 de Santa Cruz de Tenerife, el despacho Sirvent y Granados nos envía una sentencia defendida por Dara Rodríguez de la Vallina. Según nos relatan, se declara la nulidad del CMOF de fecha de 21/2/2008, de la Confirmación de Permuta financiera de Tipos de Interés de fecha de 14 de marzo de 2008  (1.000.000 €) y del SWAP Ligado a la Inflación (180.000 €) de fecha de tres de octubre de 2008 y a devolver al cliente la suma 42.645,91 más las cantidades que se hubieran percibido durante el procedimiento y las costas procesales.

La sentencia también analiza diversas cláusulas del contrato y señala que “el euribor 3m nunca -ni antes ni después de la celebración del contrato- ha alcanzado el 6,45%, por lo que, considerando los dos escenarios más probables, en caso de que el euribor 3m se situase por debajo del 3,18% por mínima que fuera la bajada, el banco se asegura un beneficio del 1,42% mientras el cliente cuando gana solamente un 0,15%.  Da la impresión de que se hace un contrato a la medida de las necesidades de la entidad bancaria, un contrato inicialmente pensado para posibilitar a la empresa la mejora de la financiación evitando en lo posible las nocivas consecuencias de las subidas de tipos de interés, se convierte al fin en “un seguro” para el banco frente a la bajada de esos mismos tipos, con importantes pérdidas para el cliente, de cuya posibilidad como ya se ha indicado, no fue informado”.

Respecto de la frase que aparece en todos los contratos SWAPS del Banco Santander de “es un producto consistente con una visión de los tipos tanto de estabilidad como de subida o bajada moderada”, la juez expone que “mientras el banco se preocupa de que en ese anexo conste expresamente que ofrece protección absoluta en caso de subidas pronunciadas de los tipos de interés, no hace constar que “ofrece” desprotección absoluta en caso de bajadas pronunciadas de esos mismos tipos”.

De la misma manera afirma que la actora no puede ser considerada profesional por el hecho de tener contratados otros productos calificados por el banco demandado como de riesgo: seguros doble inversión A y participaciones preferentes.

Y finalmente, pero no por ello menos contundente, en JPI 7 de Alcorcón (Madrid) se ha fallado una sentencia a favor de un Colegio cuyo caso describimos porque nos parece impropio del que se publicita como uno de los mejores bancos del mundo. El Colegio tenía un préstamo hipotecario con otra entidad por un importe de 3.500.000€ y quería subrogarse con el Santander para conseguir mejores condiciones. En la negociación el Santander le pone por delante la firma de un SWAP de 4.000.000 €. Finalmente, durante un año recibe algunas liquidaciones positivas y luego negativas (de más de 30.000€) que el Colegio decide pagar pues piensa que de lo contrario la subrogación no se producirá. Cuando después de muchas negociaciones la subrogación no se produce y el Colegio decide cancelar el producto le informan que cancelarlo cuesta más de 400.000€.
El cliente reclama y el Santander le ofrece la subrogación absorviendo el coste de cancelación.  Ante este abuso manifiesto, el cliente decide demandar y gracias a Marcelino Tamargo y su equipo de ESPACIO LEGAL consigue la nulidad del producto.

Banesto pierde en Estepa y en Madrid

Desde el JPIeI 1 de Estepa nos llega una sentencia contra Banesto defendida por el letrado Enrique Cabezas Mateos con despacho en Sevilla y en Estepa y que lleva varios asuntos de swaps. En este procedimiento ha actuado como perito José Manuel Marín, ya conocido por los afectados por la gran ayuda que está prestando. El cliente era una pyme con un swap de nocional de 1.000.000 de Euros.

Desde el JPI 77 de Madrid una sentencia muy interesante aportada por el letrado de la defensa, Eduardo Sans Sampietro. Para este caso ha sido de especial relevancia la resolución aportada del Banco de España en la que se concluye que la cobertura ofrecida no era la más adecuada pues no convertía en tipo fijo la financiación.

Gracias una vez más a los letrados por sus aportaciones. Dado el volumen de sentencias que recibimos diariamente, rogamos a los letrados nos aporten un resumen de la misma (máx. 2 párrafos) para poder publicarlas con rapidez.

? BANESTO.- 13/05/2011, JPI 77 Madrid (pyme)
? BANESTO.- 28/04/2011, JPIeI 1 Estepa (pyme)

? SANTANDER.- 20/04/2011, JPIeI 2 Béjar (s.a.)
? SANTANDER.- 09/05/2011, JM 1 Las Palmas de Gran Canaria (pyme, concursal)
? SANTANDER.- 16/05/2011, JPI 5 Santa Cruz de Tenerife (pyme)
? SANTANDER.- 16/05/2011, JPI 7 Alcorcón (Madrid), (pyme)

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