Banesto es condenada en Alicante y León

En ambos casos la entidad no cumplió adecuadamente con su deber de diligencia e información hacia el cliente. El Juzgado de Primera Instancia número 12 de alicante ha declarado la nulidad de dos contratos de permuta financiera contratados en 2007.

El primero de los contratos fue adherido a la suscripción de un préstamo hipotecario para la adquisición de una vivienda. De hecho, se les advirtió que sin la aceptación del swap el préstamo no sería concedido. Al ser expuesto durante la firma del préstamo el cliente recibió escasas explicaciones y además el contrato carece de información vital como el coste de cancelación. El juzgado no ha dudado en declararlo nulo debido a la escasa información añadida a su contratación y el hecho de que este fuera suscrito bajo imposición.

En el segundo swap también se alega a una falta de información que llevó a la firma por error y vicio en el consentimiento. En la presentación del producto se llega a afirmar, literalmente, que “esta garantiza un tipo fijo cierto y seguro del 4.95 %, no estando sujetos los costes financieros a variaciones del mercado ya que este coste se cumplirá independientemente de la variación en los tipos de interés”. Todo esto es totalmente falso, dado que existen liquidaciones favorables a la entidad. Además, durante la presentación solo se contemplo un escenario alcista con respecto a lis tipos. En ningún caso se habló de qué podría pasar si bajaran. Por todo ello, también se ha declarado nulo este contrato. En total, Banesto se ve obligada a devolver a los afectados unos 46.000 euros procedentes de las liquidaciones negativas.

En León, el Juzgado de Primera Instancia número 9 ha declarado nulo otra permuta financiera de Banesto. El swap fue contratado por una pyme en el año 2007. Además los afectados firmaron años antes dos swaps de los que nunca tuvieron constancia de su suscripción.

El producto fue ofrecido como un seguro ante la subida de los tipos de interés. En este caso se considera que la falta de información y advertencia, como es habitual en estos casos, se produjo por su única presencia en los anexos finales de cada contrato.


Dirección Letrada: Sr. Serrano García y Sra. Escudero Olcina
Banco: Banesto
Producto: Swap
Perfil: Particular y PYME
PDF: S_120626_BANESTO_JPI12_ALICANTE_PYME_PART_SIN.pdf


Dirección Letrada: Bernardo García Angulo
Banco: Banesto
Producto: Swap
Perfil: PYME
PDF:S_120628_BANESTO_JPI9_LEON_PYME_SIN.pdf

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