La entidad, bajo la marca BANCO HERRERO, ha comercializado a dos empresas de la región swaps sin informar correctamente de los riesgos

El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Gijón ha condenado a Banco Sabadell por la comercialización de una permuta financiera de tipos de interés a una pyme. Durante la negociación existió error y vicio en el consentimiento por falta de diligencia informativa por parte del banco.

El cliente contrató entre 2008 y 2009 dos contratos de confirmación de contratación de derivados. Durante la suscripción, no consta que la entidad realizara ningún perfil del cliente.

En la explicación sobre el primer producto se limitó a la explicación presencial al cliente, verbal y sin entrega de folletos informativos previos. Además, el comercial de la sucursal admitió que omitió durante la negociación información sobre el carácter autónomo de la permuta con respecto a los préstamos adquiridos y su consiguiente funcionamiento independiente.

En lo que respecta a la segunda contratación, la situación fue similar, no existiendo ninguna prueba de que el cliente recibiera algún folleto explicativo que tuviera que firmar para garantizar que el cliente comprendía el funcionamiento y riesgos de la permuta.

En ambos casos, se llegaron a hacer simulaciones de escenarios, pero siempre con bajadas y subidas de +/-1 1%, por lo que el cliente no podía percatarse del riesgo en caso de una gran oscilación de los tipos.

Por último, la inclusión de una cláusula suelo en la hipoteca impedía al cliente recibir ningún beneficio por la bajada de los tipos, exponiéndose plenamente a los inconvenientes que suponía esta bajada debido a la permuta.

Por otro lado, el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo ha estimado otra nulidad por error y vicio en el consentimiento de varios contratos swap suscritos por otra pyme en Asturias.

La empresa, dedicada a la distribución de aperitivos y golosinas, suscribió la primera permuta después de que fuera presentada como un seguro para cubrir las subidas del gasoil, sin  coste ni riesgo alguno. Este seguro se amplió mediante la firma de una cobertura frente a los efectos de la subida de las nóminas de los empleados.

Estos “seguros” en realidad se trataban de tres contratos swap: un swap de inflación, un swap del precio del valor de una materia prima (diesel) y una permuta de tipos de interés tipo “collar” (que se suscribiría ante la liquidación del swap de inflación).

Sobre el primer y tercer swap (inflación y “collar”), el Juzgado ha desestimado la pretensión de nulidad, ya que cuando el primer swap dio liquidaciones negativas, el demandante se tuvo que percatar del funcionamiento del producto, por lo que no se entiende que alegue desconocimiento en la contratación del “collar” como sustituto de la anterior permuta.

En cuanto a la permuta de materias primas, sí se ha aceptado la nulidad por error y vicio ya que el cliente no recibió ninguna información clara del funcionamiento del producto y el coste del combustible estimado anual no se ajusta a las necesidades de su empresa. Además, el contrato se le ofreció bajo un escenario de bajada del diesel, lo que comportó que todas las liquidaciones fueran negativas.


Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.
Perito: Cristóbal Verdú Nido.
Banco: Banco Sabadell / Banco Herrero
Producto: Swaps.
Perfil: Pyme.
PDF:S_130904_BSABADELL_JPI11_GIJON_PYME_SIN.pdf


Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.
Banco: Banco Sabadell / Banco Herrero
Producto: Swaps.
Perfil: Pyme.
PDF:S_130701_BSABADELL_JPI10_OVIEDO_PYME_SIN.pdf

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