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El fallo ha determinado que la información ofrecida por la entidad no era suficiente
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Banco Popular deberá reembolsar 14.759,51 euros a la parte demandante
El juzgado de primera instancia de Reus ha sentenciado al Banco Popular a devolver parte del dinero invertido en un swap con valor de 200.000 euros. En 2008, la parte demandante y la entidad suscribieron un contrato de permuta financiera de tipos de interés (IRS). Dicho contrato, estaba vinculado a una póliza de préstamo como cobertura del riesgo del mencionado swap.
La parte demandante ha alegado en el procedimiento judicial que en ningún momento el Banco Popular le informó de los riesgos que podría suscitar lo que habían firmado y que, por ende, había concurrido un vicio en el consentimiento por el que debería devolver el capital perdido en las liquidaciones practicadas por la demanda. Esto, asciendo a un total de 14.759,51 euros.
En su defensa, el Banco Popular ha trato de aferrarse a la acción de caducidad de la acción ejercitada por entender que habían transcurrido más de cuatro años desde la consumación del contrato y a la idea de que en todo momento suministró la información necesaria a la parte demandante.
Dirección Letrada: Noelia Hernando Mercadé
Banco: Banco Popular
Producto: Swap
Perfil: PYME
PDF: S_140505_BANCOPOPULAR_JPI1_REUS_SWAP_SIN