El afectado, un abogado especializado en temas fiscales, ha sido considerado como cliente minorista.
El Juzgado de Primera Instancia número 41 de Madrid ha estimado la nulidad de un Clip Bankinter contratado por un abogado especializado en economía. El producto fue comercializado por Bankinter sin informar correctamente sobre los riesgos y el funcionamiento.
El afectado, un letrado que trabaja en el departamento fiscal de Garrigues, demandó a la entidad después de pagar una liquidación de 200 euros y recibir otra de 1.1000. Tras estas, decidió cancelar el producto por 17.600 euros. La permuta financiera de tipos fue adquirida en 2004 al contratar un préstamo. El cliente advirtió a la entidad de que tenía una oferta con mejores condiciones por parte de Caja Duero. Bankinter accedió a igualar la oferta a cambio de la firma de una permuta financiera de tipos de interés.
Al demandante tan solo se le hizo una simulación a 12 meses en la que se presentaba la permuta con resultados positivos, sin apenas cargos para el cliente. La sentencia estima que las simulaciones debieron ser más exhaustivas y debieron ser acompañadas con documentación que explicara claramente el funcionamiento del producto. Considera que pese al trabajo del abogado en su empresa, este no tenía experiencia con este tipo de productos, por lo que no se puede considerar un profesional.
Asimismo, se considera que a pesar de que en aquella época no había entrado la normativa MIFID en acción, la Ley de Protección del Consumidor exigía a las entidades bancarias la máxima diligencia informativa a la hora de comercializar estos productos complejos.
Por último, como en otros casos, se señala la difícil comprensión del contrato de permuta y la falta de explicaciones acerca del coste de cancelación anticipada.
Dirección Letrada: Patricia Gabeiras.
Banco: Bankinter.
Producto: Clip.
Perfil: Particular.
PDF:S_130716_BANKINTER_JPI41_MADRID_ASUAPEDEFIN_CLIP_ABOGADO_SIN.pdf