La afectada había suscrito un swap con Bankinter ligado a la hipoteca de su casa que sólo le llegó a reportar pérdidas. La iniciativa de la contratación partió de la entidad, que le vendió el producto por teléfono y sin detallar las características del producto.
La socia afectada había contratado con Bankinter un préstamo hipotecario para la compra de vivienda por un valor de 180.000 euros. Casi un año después, recibió una llamada de la entidad para ofrecerle un producto que asegurase su hipoteca: era lo que llamaban «contrato de intercambio tipos/cuotas». Bajo esta enrevesada denominación, Bankinter le estaba colando un swap.
El banco lo ofrecía como un seguro frente a las subidas de tipos, que ayudase a blindar el préstamo frente a un posible encarecimiento. Tal y como lo planteaba el banco, parecía que lo arriesgado era prescindir de él. Obviamente, evitó mencionar que era un producto «de ida y vuelta», y que si bien protegía al usuario de las posibles subidas de tipos, si éstos bajaban sería el usuario quién tendría que pagar.
El swap entró en vigor el 1 de diciembre de 2007. Pronto la afectada descubrió que su funcionamiento en la práctica se reducía a tener que abonar al banco mes a mes, ya que los tipos de interés desde la crisis han tenido una tendencia descendente. Sin duda, esta situación era conocida por el banco en el momento de la contratación. Las cantidades a pagar se iban sumando a las de su hipoteca, complicando enormemente la situación financiera de la afectada.
Ante la negativa del banco a retirar este producto, decidió unirse a Asuapedefin. Ahora, con la defensa letrada de Patricia Gabeiras ya ha logrado una sentencia favorable en primera instancia, y Bankinter tendrá que devolverle todo lo cobrado indebidamente por la aplicación del swap, así como a pagar las costas del proceso.
Dirección letrada: Patricia Gabeiras Vázquez
Banco: Bankinter
Producto: Swap
Perfil: Particular / Socio Asuapedefin
PDF: S_140922_BANKINTER_JPI46_MADRID_ASUAPEDEFIN_INTER_SIN.pdf