Condenadas las participaciones preferentes de Banco Santander. La entidad financiera vendió acciones preferentes de Banco Popular a un matrimonio de ancianos por un valor de 75.000 euros.
Banco Santander ha sido condenado por la colocación de acciones preferentes a un matrimonio septuagenario por valor de 75.000 euros. La sentencia afirma que la información que la entidad financiera fue inadecuada teniendo en cuenta la complejidad del producto.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ejea de los Caballeros (Zaragoza) considera que la información prestada, que fue insuficiente e inadecuada y contraria a la naturaleza del producto, fue dada por un empleado que llevaba más de 10 años en la sucursal. Por ello, el juez cree que existía con los clientes una relación de confianza, que fue utilizada por Banco Santander para convencerles de que contratasen las participaciones preferentes de Banco Popular.
La sentencia estima que Banco Santander incumplió sus obligaciones que le incumbían y dirigió a sus clientes hacia la contratación de un producto complejo y arriesgado gracias a la información defectuosa, que generó un error grave y razonable, según el juez.
El juzgado obliga a la entidad financiera a que devuelva 16.283 euros a los clientes más 59.128. En total, los clientes recuperarán los 75.000 invertidos en febrero de 2007 con la contratación de las participaciones preferentes.
Dirección letrada: José Ignacio Leciñena Martínez
Banco: Banco Santander, S.A.
Producto: Participaciones preferentes de Banco Popular
Perfil: Particular
PDF: S_BSANTANDER_130129_JPIEI1_EJEA_CABALLEROS_PREFERENTES_POPULAR_CAPITAL_FLOTANTE_PART_SIN.pdf