ACUIB consigue la primera sentencia contra la cláusula SUELO de la Caja Rural de Baleares

Por su interés, copiamos literalemente la nota de prensa distribuida por ACUIB acerca de la sentencia que publicamos hoy en nuestro blog:

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ACUIB HA CONSEGUIDO LA PRIMERA SENTENCIA EN BALEARES QUE DECLARA LA NULIDAD DE LA CLAUSULA SUELO .
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL 2 DE PALMA DE MALLORCA DECLARA QUE LA CLAUSULA SUELO QUE APLICA CAJA RURAL DE BALEARES EN LA ACTUALIDAD CAJAMAR ES NULA
ACUIB CUELGA EN LA WEB UNA CARTA TIPO, LA SENTENCIA Y UNA DEMANDA PARA QUE CUALQUIER ABOGADO O LOS PROPIOS CLIENTES PUEDAN RECLAMAR LA NULIDAD DE LA CLAUSULA SUELO.
ACUIB PIDE QUE SE RETIREN AL BANCO DE ESPAÑA POR MANIFIESTA COMPLICIDAD CON LAS ENTIDADES FINANCIERAS SUS COMPETENCIAS EN MATERIA DE SUPERVISION DE LOS DERECHOS DE LOS CLIENTES BANCARIOS

En el caso que se trata la primera demanda CAJA RURAL DE BALEARES en la actualidad CAJAMAR incluyó la clausula suelo en la página 16 de las 49 páginas que componen la escritura e indica

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Con la inclusión de esa frase: «ni ser inferior al 4,50%» oculta entre las 50 páginas de la escritura la entidad financiera se asegura que pase lo que pase siempre cobrará un tipo de interés mínimo. En este caso la entidad se aseguró un tipo de interés mínimo de un 4,50%. Difícilmente tan pocas palabras y un numero pueden alcanzar un efecto tan dañino y pernicioso para un consumidor.
Por lo que respecta al tipo de interés máximo la entidad señaló que, como máximo, se le aplicaría el tipo de interés moratorio un 28%.En definitiva la entidad accedió en prueba de magnanimidad y en justa equivalencia de las prestaciones a limitar a la baja el tipo de interés aplicable al préstamo hipotecario un 4,5% y al alza un 28%. Todo un prodigio de ecuanimidad.
La Magistrada Dª CATALINA MUNAR FONS del Juzgado de lo mercantil 2 de Palma de Mallorca respecto a dicha clausula ha indicado que es palmariamente abusiva y que entra de lleno en la calificacion de intereses usurarios y leoninos de la Ley de la represión de la Usura de 1908.
No se necesita ningún dictamen pericial para constatar que la cláusula firmada por el Sr. ……….no sólo es absolutamente desproporcionada, imponiendo un “límite suelo” excesivamente alto en beneficio de la entidad de crédito que alcanza el 4’5 en evidente perjuicio del particular, sino también palmariamente abusiva, por cuanto el “límite techo” fijado por la entidad crediticia, se ha igualado sin rubor alguno a los estratosféricos intereses del 28%,
que entran de lleno y con todos los honores en la calificación de usuarios y leoninos conforme al artículo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908.
Y continúa más adelante señalando:
aquí estamos presenciando el ejemplo claro de las consecuencias de una posición desigual y del poder de la entidad de crédito frente al consumidor, es la representación de David contra Goliath, en la que el consumidor ha firmado un elevado límite a la baja con evidente repercusión desfavorable para sí mismo, pero que a cambio no ha obtenido ningún límite al alza, es una “cláusula techo” que por su inoperancia llega al absurdo y le deja a la intemperie, es decir, se le ha impuesto sencillamente una cláusula “suelo” sin reciprocidad alguna
Y como en la Historia bíblica David ha impactado por primera vez a Goliat con una sentencia absolutamente impecable y con un minucioso, extenso y brillante análisis de un informe del Banco de España que a buen seguro será utilizado y citado en las sentencias que vendrán.
Con esta sentencia se vislumbra un rayo de luz para todas aquellas familias que tienen la desgracia de ser clientes de CAJARURAL/CAJAMAR y que tienen una clausula suelo así como las familias que siendo clientes de otras entidades tienen clausulas similares. Y si bien la tranquilidad no sera absoluta hasta que las diferentes secciones de la Audiencia Provincial se pronuncien en los casos que le puedan ser planteados desde ACUIB animamos a las familias que reclamen a su entidad ya que es posible que tras esta sentencia las entidades se animen a negociar la eliminacion o la reducción del suelo. Con tal fin en la web nomasabusobancario.org se ha subido una carta tipo, la demanda con la que se ganó este juicio pAra que cualquier abogado la pueda utilizar en defensa de sus clientes que quieran reclamar la eliminación del clausula suelo o,lo spropios afectados puedan presentarla ante su entidad así como la sentencia. Todos los documentos pueden ser descargados y utilizados libremente sin coste alguno.
Un informe del Banco de España que pasará a la historia al entrar en el museo de los horrores del compadraje, de la complicidad y el chalaneo entre el teorico supervisor (Banco de España ) y las teoricamente supervisadas (las entidades financieras). El Banco de España en ese informe se colocó, como es norma desde hace años, a favor de las entidades financieras y en contra de millones de ciudadanos y familias indicando que las clausulas suelo favorecen la estabilidad del sistema financiero porque les hacen obtener unos margenes de beneficios olvidando que la mayor estabilidad que se puede conseguir no es la de obtener mayores y sonrojantes beneficios para pagos de pensiones y sueldos millonarios a sus directivos sino que se consigue haciendo que sus clientes puedan seguir pagando sus hipotecas y no sean ejecutados y expulsados de sus casas.
Hace pocos días la Defensora del Pueblo realizó un minucioso informe en el que criticaba la posición del Banco de España y señalaba que habia decidido pasar de la defensa de la clientela bancaria dando prioridad a la supervisión de la solvencia (en lo que también ha fracasado estrepitosamente por cierto). La sentencia analiza minuciosamente y desmenuza ese informe y llega a conclusiones absolutamente contrarias a las interesadamente alcanzadas por el Banco de España no sin antes exponer una visión aceradamente real respecto a la ,a nuestro entender, vergonzosa parcialidad del Banco de España
– Primero, que esta entidad ( NOTA EL BANCO DE ESPAÑA) tiene un interés directo en que se declare la validez de este tipo de cláusulas, pues ES EVIDENTE QUE NO ESTAMOS ANTE UN INFORME EMITIDO POR ALGUIEN IMPARCIAL. Los concretos datos objetivos y estadísticos obtenidos merecen ser considerados como tales, pero no podemos atribuir igual valor a las conclusiones allí contenidas;
– Segundo, aunque las consideren “elemento esencial” -quizás interesadamente-, se contradice esta calificación de forma total con las manifestaciones contenidas a lo largo de su informe, cuando se desprende que, estudiadas un total de 49 entidades de crédito, con carteras agregadas representativas de todo el sector, EN 2/3 DE LAS MISMAS NO SE IMPUSIERON ESTAS CLÁUSULAS LIMITATIVAS A LOS TIPOS DE INTERÉS VARIABLE
Por lo anterior, si es evidente como señala incluso el propio Informe del Banco de España, que estas cláusulas limitativas de los tipos de interés variable las han impuesto sólo determinadas entidades bancarias –que no son mayoría-, por mera decisión empresarial y de forma predeterminada, no pudiendo siquiera el Director de la sucursal que trata con el consumidor alterar su aplicación si viene exigida desde la central, debiendo el cliente adherirse a
ellas si desea concertar el contrato de préstamo hipotecario, y además sólo suponen ventaja real para la entidad bancaria y ninguna para el cliente, es innegable que NO podemos referirnos a ellas como “elementos esenciales del precio mismo, libremente acordado por las partes”, sino que nos hallamos ante VERDADERAS CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN”
La clausula suelo tiene un impacto muy superior al que se derivaba de la aplicación de una cláusula declarada abusiva unánimemente por los tribunales, la cláusula del redondeo al alza, que queda en un juego de niños si se la compara con los devastadores efectos que provoca esta cláusula tóxica, esta cláusula de destrucción masiva, completa y total de miles de economías familiares que tienen que observar como gran parte de sus ingresos salariales tienen que ir destinados a engrosar los beneficios de las entidades financieras en las que confiaron.
La situación por la que actualmente está pasando el consumidor afectado es un claro ejemplo de que se tiene que eliminar dicha clausula cuanto antes, que los políticos deben adoptar medidas para evitar que los ciudadanos continuemos siendo los huéspedes de comportamientos parasitarios y destructivos llevados a cabo por las entidades financieras quienes esquilman el menguante salario ( si se tiene) de los ciudadanos para incrementar sus beneficios y sin importarles lo más mínimo las angustias, las penurias, las tremendas dificultades por las que pasan los ciudadanos para llegar a fin de mes con el dinero que les queda tras pagar la hipoteca a un tipo de interés de un 4 o un 5% por la aplicación de dicha clausula.
En esta situación de crisis histórica, que ha obligado a adoptar medidas que jamás se habían dado con anterioridad en la historia moderna como la rebaja del sueldo de los funcionarios públicos, la cláusula suelo es una estipulación demoledora que socava los cimientos de las economías más modestas, aquellas que han sido las más afectadas por la crisis, por el paro, que se han endeudado de por vida con hipotecas para poder adquirir, a unos precios desorbitados, un bien de primera necesidad como es la vivienda y que tampoco pueden huir a otra entidad dado que precisamente por su delicada situación económica no cumplen con las elevadas exigencias de las entidades que ofertan la eliminación de dicha clausula.
Por eso es esencial acabar cuanto antes con la cláusula suelo porque miles de ciudadanos están pasándolo francamente mal para continuar pagando sus hipotecas con la amenaza constante de que si ceden, si se van al paro, si no pueden pagar por cualquier causa les ejecutarán la hipoteca, perderán su casa y serán morosos de por vida. Una clausula que no tiene ninguna otra justificación que el de incrementar los beneficios de las entidades financieras abusando de los más desfavorecidos, de los más débiles, de las víctimas de la crisis.
La cláusula suelo es además doblemente lesiva dado que su aplicación no perjudica sólo a los consumidores que tienen una hipoteca con dicha cláusula sino que además perjudica al sistema económico en su conjunto dado que cada euro de más que se destina a pagar ese abuso es un euro de menos que se destina a otras finalidades más enriquecedoras, necesarias y productivas que el de incrementar los sonrojantes beneficios de las entidades financieras aún cuando estamos ante la peor crisis de la historia.
LA CLÁUSULA SUELO ES UN CÁNCER, UN CÁNCER QUE PADECEMOS TODOS, TENGAMOS O NO HIPOTECA.
Ante esta situación extraordinaria y con la finalidad de que ninguna familia que quiera demandar a su entidad no pueda o no quiera hacerlo por no poder afrontar los costes jurídicos de la reclamación ACUIB continuará promoviendo todas cuantas acciones jurídicas sean posibles para conseguir la eliminación de la misma.
ACUIB Asociación de Consumidores de las Islas Baleares
Plaza Juan Carlos I, nº 3, 2º dcha. 07002 Palma de Mallorca
Telefono 971 714302 Fax 971 570549
Correo electrónico: acuib@acuib.org
Personas de contacto: Carlos Hernández y Jaime Saurina

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4 comentarios

  1. hola buenos dias, acabo de leer la noticia de la clausula suelo en baleares sobre caja rura

    yo soy clienta de caja rural y tambien tengo suelo y justamente ayer negocie con mi entidad por ke no puedo pagar mi hipoteca

    y la unica solucion ke me dan es hacerme una segunda hipoteca para estar 3 años pagando 300 euros y pasado los 3 alños volver a mi cuota ms otra de 150 euros y he intentado decirle ke si me quitaran el suelo podria pagar pero no quieren

    yo cobro 750 euros al mes y tengo un hijo de 4 años y pago 714 de hipoteca

    ya no se ke hacer, a todo esto estoy super endeudada

    y hoy en cuanto me he enterado de esta notica pues me he puesto en contacto con vosotros

    para saber ke devo hacer

    me encantaria que me pudierais ayudar

    espero noticias vuestras

    muchisima gracias

  2. Hola, buenas tardes. Soy otro de tantos engañado por el sistema bancario. Yo contrate una hipoteca con CaixaBank, perdón mejor dicho es un préstamo hipotecario. Mi caso consiste en el siguiente:

    Me subrogue con la hipoteca del promotor/ constructor. El director del banco en ningún momento me enseño las condiciones de la hipoteca del constructor y solo me dijo que las condiciones eran Euribor + 0.75. No me facilito más información.
    Resulta que la hipoteca del constructor tenía suelo por la baja de 3.5 y suelo por arriba de 9.25. En ningún momento se me informo de esas condiciones. Ni que tenía coste de penalización de amortización, etc, etc.
    Mi pregunta es que puedo hacer ?, Puedo exigir que me quite el 3.5 de bajada y el 9.25 de subida……..
    Estoy abierto a todo tipo de ideas, y muchas gracias

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