Entran en vigor aspectos claves del reglamento europeo que pretenden consolidar el uso de los pagos instantáneos
Hoy entran en vigor todas las obligaciones para pagos inmediatos en la zona euro, lo que quiere decir que los bancos estarán obligados a ofrecer estas transferencias con todas las previsiones en ciberseguridad, es decir, comprobando que el nombre del beneficiario coincide con el IBAN, antes de procesar los pagos. Parte de este reglamento europeo (el 2024/886, de 13 de marzo de 2024) entró en vigor en enero, como la obligación de igualar los precios de las transferencias ordinarias e inmediatas.
Además, y como reiteramos desde ASUFIN, consideramos que el coste de las transferencias ofrecidas por los bancos debe tender al coste cero, en la medida en que la automatización del proceso hace difícilmente justificable la repercusión del precio en el cliente. Según los datos de nuestro último barómetro de comisiones, publicado en el mes de mayo, La unificación del servicio de transferencias, con un mismo coste, precipitó una bajada sustancial de precios. Así, el coste actual mínimo medio de 1,16 euros es un 45,50% inferior (0,97 euros) de los 2,13 euros que costaba las ordinarias y de un 68,60% (2,53 euros) de los 3,69 euros que costaban las comisiones inmediatas, en 2024.
Las diferencias entre entidades son importantes. Unicaja mantiene un coste mínimo de 3,95 euros, mientras que Banco Santander, Banco Sabadell, Deutsche Bank, Cajamar, BBVA, Abanca y Bankinter son gratis.
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Por otro lado, los bancos deben ofrecer la opción de transferencia inmediata de forma preeminente, algo que no está sucediendo, ya que la alternativa dada por defecto, en la mayor parte de los casos, es la de la transferencia ordinaria. Máxime, si la apuesta es por la mejora de la experiencia del usuario, en cuanto a inmediatez y disponibilidad 24/7/365. Al usuario se debe informar, eso sí, que una vez recibida la transferencia inmediata, no se puede cancelar y que sólo se podría retroceder si el beneficiario lo acepta.
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