Las ‘pesadillas’ del verano: te contamos cómo reclamar si te arruinan las vacaciones

Te contamos las claves de las reclamaciones en verano: que no te arruinen tus vacaciones

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, nos da las claves sobre la OPA de BBVA en «Por fin» en Onda Cero con Jaime Cantizano. Dejamos por aquí el audio para que, si no has podido escucharlo, descubras todo lo que necesitas saber sobre cómo reclamar en verano. 

Uno de los problemas más habituales se dan en el ámbito de la aviación. ¿Qué pasa si me meten en overbooking?

Esta práctica consiste en vender más billetes que capacidad de asientos del avión porque juegan con un determinado porcentaje de pasajeros que no se presentan.

Aquí tienes dos alternativas:

  • Overbooking voluntario: puedes aceptarlo y, a cambio, tienes una serie de compensaciones, que pueden incluir: 
    • Reembolso del billete.
    • Asiento en otro vuelo.
    • Compensación económica en efectivo o vales de viaje.
    • Asiento en una clase superior, como business.

A cambio, si lo aceptas, renuncias a la posibilidad de reclamar con posterioridad compensaciones adicionales por la denegación de embarque.

  • En el involuntario, que te imponen, tienes derecho a reclamar daños y perjuicios y una compensación económica conforme a los kilómetros de tu vuelo, como hemos visto en los retrasos y cancelaciones.

¿Qué tenemos que hacer para reclamar?

  • Siempre hay que guardar los documentos: billetes, tarjetas de embarque. Hoy en día es mucho más fácil todo esto, porque solemos tenerlo a mano en nuestro correo electrónico.
  • Es muy aconsejable pedir todos los justificantes por escrito: del retraso o cancelación.
  • Y por supuesto, conservar las facturas de los gastos extra, como comidas, hotel, transporte, para luego reclamarlos.

OJO, con los seguros de viaje: revisa si cubre cancelaciones

Si tu aerolínea no responde, tienes derecho a presentar una reclamación ante la AESA (la Agencia Estatal de Seguridad Aérea) y si no te satisface la respuesta, puedes recurrir a la vía judicial.

¿Qué pasa con las cancelaciones o retrasos?

Si tu vuelo se ha cancelado o se ha retrasado más de 3 horas, tienes derecho a:

    • Asistencia inmediata: comida y bebida proporcional al tiempo de espera, alojamiento y transporte si tienes que pasar la noche
    • Opciones para seguir tu viaje: reembolso completo del billete, un vuelo alternativo a tu destino, lo antes posible. Tienes derecho a elegir entre estas opciones, según te convenga.
  • En cuanto a la indemnización económica: dependerá de la causa de la cancelación. Si no se trata de una circunstancia extraordinaria y se considera que la aerolínea pudo haber evitado el problema o gestionado mejor la situación, puedes reclamar una compensación económica:
    • 250 € para vuelos de menos de 1.500 km
    • 400 € para vuelos entre 1.500 y 3.500 km
    • 600 € para vuelos de más de 3.500 km
  • Si te trata de una “circunstancia extraordinaria”, que está fuera del control de la aerolínea (como una catástrofe natural, caída del sistema eléctrico nacional). En ese caso:
    • No tienes derecho a indemnización económica directa
    • Sí al reembolso de tu vuelo o uno alternativo
    • Y por supuesto, asistencia (comida, alojamiento, etc.)

¿Qué sucede con el hotel, o alojamiento turístico, que cuando llegamos “sale rana”?

  • Lo primero, es dejar constancia en la recepción, para ver si hay una resolución inmediata. Si no ocurre, rellenamos nuestra hoja de reclamaciones, que posteriormente entregaremos en la Oficina de Consumo, con todas las pruebas posibles: contrato, fotos…

Y OJO: tienes derecho a anular la reserva, siempre y cuando no hayan pasado más de 14 días desde que se realizó. La ley faculta al consumidor a resolver cualquier contrato con este plazo, incluso cuando se trate de una tarifa no reembolsable. Es legal la existencia de este tipo de tarifas, pero están vinculadas al derecho de desistimiento del cliente.

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